Podrán realizar solicitudes las personas físicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Este trámite permite a las personas designadas para formar parte de una mesa electoral presentar una solicitud de excusa cuando, concurra alguna causa debidamente justificada que les impida aceptar o desempeñar el cargo. La solicitud deberá ir acompañada de la documentación necesaria (véase el apartado «Documentación» de esta página) para acreditar la circunstancia alegada, con el fin de que la Junta Electoral de Zona valore la solicitud y resuelva lo que proceda.

La Junta Electoral de Zona examinará la solicitud presentada y resolverá si procede o no aceptar la excusa. En caso de estimación, se adoptarán las medidas necesarias para la sustitución de la persona designada, garantizando así el normal desarrollo de la jornada electoral.

Se dispone de un plazo de 7 días hábiles a partir de la recepción de la notificación para realizar el trámite.

 

Documentación Obligatoria:

  • Solicitud de excusa para miembros de mesas electorales.
  • Documento de identidad.
  • Copia de la Notificación Electoral.
  • Documentación acreditativa de la excusa solicitada.

Otra documentación obligatoria dependiendo de los siguientes casos:

  • O00014191001 - Otorgamiento de Autorización o Representación

Canales de tramitación

Presencial

En el edificio del Ayuntamiento, sito en Plaza de Andalucía, 6 de esta localidad (Ver en mapa). Puede personarse sin necesidad de cita previa. La atención se realizará en el Negociado de Estadística, ubicado en la primera planta.

Correo electrónico

(canal de tramitación no disponible)

Telefónico

(canal de tramitación no disponible)